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Prescripción De Deudas Con Hacienda En Fase De Embargo: Plazos Y Consideraciones Importantes

Si tienes deudas con Hacienda y te encuentras en fase de embargo, es importante que estés al tanto de los plazos y consideraciones que debes tener en cuenta. En este artículo explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la prescripción de deudas con Hacienda.

¿Qué es la prescripción de deudas con Hacienda?

La prescripción de deudas con Hacienda se refiere al tiempo en el que se extingue una obligación tributaria, es decir, cuando se deja de tener la obligación de pagarla. En el caso de las deudas con Hacienda que se encuentran en fase de embargo, es importante conocer los plazos para evitar posibles sanciones y recargos.

Plazos de prescripción de deudas con Hacienda en fase de embargo

Para las deudas con Hacienda en fase de embargo, el plazo de prescripción es de 4 años. Este plazo comienza a contar desde el último día del plazo de pago voluntario que se establezca en el acto administrativo de liquidación.

Una vez transcurrido el plazo de 4 años, la deuda con Hacienda se considera prescrita y no podrá ser reclamada por la Administración pública mediante un procedimiento de apremio.

Consideraciones importantes

Es importante tener en cuenta que hay ciertos hechos que pueden interrumpir o suspender el plazo de prescripción de las deudas con Hacienda en fase de embargo. Algunos ejemplos son:

  • La presentación de una reclamación económico-administrativa.
  • La solicitud del aplazamiento o fraccionamiento de la deuda.
  • La realización de actuaciones administrativas para el cobro de la deuda.
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En estos casos, el plazo de prescripción se interrumpe o suspende, lo que significa que se reinicia el cómputo del plazo desde el inicio o desde el momento en el que se interrumpió. Por lo tanto, es importante estar al tanto de estas situaciones y conocer cómo afectan al plazo de prescripción.

Conclusión

En resumen, si tienes deudas con Hacienda en fase de embargo, es importante que conozcas los plazos y consideraciones sobre la prescripción de estas deudas. Recuerda que el plazo de prescripción es de 4 años y que hay ciertos hechos que pueden interrumpir o suspender el plazo de prescripción. Si tienes dudas o necesitas más información, no dudes en consultar a un experto en finanzas personales y economía.

Redactado por:

Daniel Martínez

Editor en inef.es, Daniel cuenta con más de 10 años de experiencia en finanzas personales e inversiones. Con una formación en Economía y Finanzas, ha escrito cientos de artículos sobre gestión de inversiones, jubilación y deudas, y se ha destacado por su habilidad para simplificar conceptos financieros complejos.

Revisado por:

Laura Sánchez

Redactora Jefe en inef.es y experta en seguros, impuestos y planificación fiscal, Laura tiene una sólida formación en Derecho y Asesoramiento Fiscal. Ha trabajado en el ámbito de la planificación financiera y legal, y es conocida por su enfoque práctico en la educación financiera, así como por su participación en conferencias y seminarios en el campo de las finanzas.

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